![]() Por Jessica Pacheco La Secretaría de Salud (SSA), la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán (INCMNSZ) anunciaron la entrada en vigor a partir de 1 de julio del nuevo etiquetado frontal (Modificación de la NOM 051) y obligatorio para alimentos y bebidas no alcohólicas envasadas, el cual forma parte de la Estrategia Nacional para la Prevención y Control del Sobrepeso, la Obesidad y la Diabetes, estrategia desarrollada principalmente en tres ejes: salud pública, atención medica y política regulatoria. Las enfermedades relacionadas con el sobrepeso y la obesidad son la principal causa de muerte y hospitalización en México. El etiquetado de alimentos tiene la inclusión de etiquetado frontal y la inclusión de sello nutrimental. La Organización Mundial de la Salud ha llamado a implementar etiquetados frontales que realmente orienten a los consumidores para realizar mejores elecciones, como parte de la estrategia para combatir la epidemia de obesidad” Nuestro país cuenta con Normas Oficiales que establecen reglas de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, para proporcionar información al consumidor en materia de alimentación, mediante la inclusión de valores nutrimentales. Dichas Normas son:
La introducción obligatoria del etiquetado frontal, tiene como objetivos:
En el caso de grasas saturadas, otras grasas, y azúcares totales, se deberá expresar el aporte energético de cada nutrimento, indicando el porcentaje que cada uno de ellos represente en el producto con base a las Ingestas Diarias Recomendadas siguientes:
En el etiquetado se informa el contenido calórico total del producto, en productos en presentación familiar se informa el contenido energético por porción y el número de porciones del contenido total del producto. De manera paralela al etiquetado, se creó un sello nutrimental voluntario que es otorgado por la Secretaría de Salud. A pesar de que esta modificación a la norma pretende aumentar el entendimiento de las etiquetas para el consumidor y guiarlo a decisiones informadas, algunas instituciones y asociaciones civiles han cuestionado su beneficio. El caso mas controversial es la recomendación de azúcar la cual se declara como 90 gramos diarios, es decir 18 cucharadas cafeteras, mientras que la Organización Mundial de la Salud, sugiere un máximo tolerable de 10 cucharadas; incluso no exceder las 5 cucharadas al día, es decir 25 gramos. Por otro lado, se discute si el etiquetado frontal es comprendido por el consumidor y si una vez entendido realmente modifica la intención de compra o el hábito de consumo. Las estrategias para el combate y prevención de la obesidad son multidisciplinarias, está claro que el cambio del etiquetado no es suficiente y que requerimos de políticas públicas en educación que orienten al consumidor a mejorar sus decisiones. Sin duda el impacto del etiquetado será un tema interesante a evaluar en los siguientes meses. Referencias
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Jose Alberto Ortega
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